Las personas que residen como estudiantes pueden trabajar, siempre que un empleador presente la correspondiente solicitud, junto con una oferta de empleo, y la misma sea compatible con los estudios, es decir a tiempo parcial o por periodo de vacaciones, y los ingresos no constituyan el recurso necesario para el sustento, que debe estar cubierto por otras fuentes.
En el caso que los estudiantes deseen cambiar su permiso de estancia por un permiso de trabajo y residencia, sin volver a tu país ni pedir visado, es necesario en primer lugar haber permanecido al menos tres años documentado como estudiante, haber realizado los estudios con aprovechamiento y no haber sido becado o subvencionado en programas de cooperación o desarrollo del país de origen.
Si se cumplen estos requisitos, un empleador debe formular una solicitud de autorización de trabajo junto con una oferta laboral, a tiempo completo y por un año.
Por su parte el Instituto Nacional de Empleo (INEM) ha permitido este año que las personas que residen de manera regular desde hace un año en España puedan presentarse en las Oficinas del INEM para solicitar su inscripción como demandantes de empleo, entre ellos los estudiantes.
La medida implica que los datos de las personas inscritas en el INEM serán facilitados a los empresarios que busquen personal a través de las agencias públicas. Pero, los empresarios, una vez seleccionada la persona, deberán tramitar la autorización correspondiente para trabajar.
miércoles, 13 de junio de 2007
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